Comentario del Ministerio de Asuntos Exteriores de Ucrania sobre la inclusión ilegal de los puertos marítimos de Berdiansk y Mariúpol en la lista de puertos marítimos de la Federación de Rusia
25 agosto 2025 21:40

El Ministerio de Asuntos Exteriores de Ucrania condena categóricamente y declara nulo y sin valor jurídico el decreto emitido el 22 de agosto de 2025 por el Gobierno de la Federación de Rusia, mediante el cual se incluyó a los puertos marítimos de las ciudades ucranianas temporalmente ocupadas de Berdiansk y Mariúpol en la lista de puertos rusos abiertos a buques extranjeros. Estas acciones representan un nuevo intento de Rusia por legitimar la ocupación ilegal y consolidar su control ilícito sobre territorios soberanos de Ucrania.

La decisión mencionada constituye una flagrante violación de las normas y principios fundamentales del derecho internacional, en particular de:

La Carta de las Naciones Unidas, que consagra el principio de la soberanía de los Estados y la prohibición de la injerencia en sus asuntos internos;

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, que establece que la regulación de la navegación en las aguas territoriales de Ucrania corresponde de manera exclusiva a su jurisdicción;

Las resoluciones de la Asamblea General de la ONU, que reafirman la soberanía de Ucrania sobre la totalidad de sus territorios dentro de las fronteras reconocidas internacionalmente y condenan de manera categórica la agresión rusa en curso.

Ucrania exhorta a sus socios internacionales a imponer sanciones adicionales y estrictas contra todas las personas físicas y jurídicas rusas, así como contra aquellas empresas extranjeras que participen en actividades comerciales en los puertos marítimos de Berdiansk y Mariúpol. Asimismo, se insta a aplicar medidas restrictivas contra los buques que ingresen en puertos ubicados en los territorios temporalmente ocupados de Ucrania.

Hacemos un llamado a la Organización Marítima Internacional (OMI) a prestar atención de todos los Estados miembros a la necesidad de cumplir estrictamente de las disposiciones de la Resolución A.1183(33) de la Asamblea de la OMI, adoptada el 4 de diciembre de 2023 y titulada «Impacto de la invasión armada de Rusia en Ucrania sobre la navegación internacional». Dicha resolución exhorta a los Estados miembros a informar a los buques que enarbolan su pabellón, así como a los armadores, operadores y corredores de seguros, sobre la obligación de abstenerse de violar el régimen de cierre de los puertos marítimos ubicados en el territorio temporalmente ocupado de Ucrania.

Al mismo tiempo, hacemos un llamado a la Organización Marítima Internacional (OMI) para que recomiende a los Estados miembros, en el marco de sus respectivas jurisdicciones nacionales y en cumplimiento de sus obligaciones internacionales, la adopción de medidas apropiadas contra los buques que infrinjan dicho régimen.

Estamos convencidos de que la flagrante violación del derecho internacional por parte de Rusia, en relación con los puertos cerrados situados en el territorio temporalmente ocupado de Ucrania, exige una reacción contundente de la comunidad internacional. Esta debe incluir medidas respecto a los puertos ubicados en territorio ruso, en particular aquellos vinculados al funcionamiento de la maquinaria militar rusa, así como la imposición de sanciones estrictas contra los mismos.

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